¿Son legales los sistemas de seguimiento por GPS en la empresa?
Según un estudio de IDC presentado hace un año en el Mobile World Congress de Barcelona, casi el 40% de los empleados en España realiza su actividad en movilidad. Es, precisamente, por esta razón por la que muchas empresas se vienen planteando o ya han implementado un sistema de seguimiento por GPS.
Las empresas que tienen empleados en movilidad necesitan tenerlos localizados, ya que el factor proximidad es muy importante a la hora de producir beneficios. No en vano, este sistema es perfecto para saber si se han visitado a todos los clientes, si los empleados utilizan correctamente los bienes de la empresa y muchas cosas más.
El seguimiento de la movilidad profesional solo durante la jornada laboral.
Este sistema de seguimiento por GPS dentro del mundo empresarial también es conocido como seguimiento de la movilidad profesional. Pero para que este sistema funcione a la perfección y de la manera más adecuada en términos de privacidad, lo que se necesita es un seguimiento GPS responsable. Un dispositivo que solo siga a los empleados y vehículos durante su jornada laboral.
La localización responsable se puede llevar a cabo a través de una sencilla aplicación instalada en los teléfonos móviles. Pero antes de implantarla, las empresas deben hacer un estudio para saber si les merece la pena habilitar este sistema, teniendo en cuenta los costes de implementación, la inversión tecnológica, el tiempo de gestión, etc.
Este estudio de viabilidad, que ha de llevar a cabo una empresa especializada, aconsejará a la compañía sobre los puntos más interesantes que este sistema reportará a la compañía. En dicho estudio se harán constar las ventajas y desventajas que supondría su implantación, teniendo en cuenta los beneficios y la actuación directa sobre los empleados.
Lo cierto es que en la actualidad son muchas las pequeñas y medianas empresas que ya trabajan con un sistema de seguimiento por GPS. La geolocalización ha generado grandes beneficios a muchas compañías, aunque muchas de ellas siguen siendo reacias a su implantación, ya que los empleados no ven con buenos ojos que estén continuamente vigilados.
En este sentido, la empresa es la que debe hacer ver al empleado que el seguimiento GPS no solo repercutirá en beneficios para la empresa, sino también para él mismo. Y en este punto, hay que aclarar que el uso de la geolocalización en una empresa se emplearía por los siguientes motivos:
- Confirmación de que se cumple el horario laboral y los plazos acordados
- Mejora del servicio al cliente
- Reorientación de entregas o servicios a clientes
- Optimización de rutas en tiempo real
- Análisis de productividad
¿Vulnera la intimidad del trabajador un sistema de seguimiento por GPS?
La pregunta que todo el mundo se hace con el uso de un sistema de seguimiento GPS por parte de una empresa es si se vulnera así la intimidad del trabajador. Lo cierto es que el empresario tiene la obligación de informar al empleado de la puesta en marcha de este método como sistema de control.
Al mismo tiempo, en dicha información hay que indicar al trabajador que los datos que el GPS recoja pueden ser usados para sancionarle y despedirle en caso de que no esté llevando a cabo correctamente su labor.
En caso de de ir más allá y utilizar este sistema no solo para controlar al trabajador en horario laboral, el empresario estaría accediendo de forma indebida al ámbito privado de su empleado. O lo que es lo mismo, se aprovecharía de este sistema para ir más allá del propio fin, lo que le podría acarrear consecuencias.
La doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo establece el derecho a la libertad de empresa y el poder de dirección de la actividad laboral que tiene el empresario de forma legal y constitucional. Pero, a su vez, obliga a que este último respete los derechos fundamentales del trabajador.
El artículo 4.2 e) del Estatuto de Trabajadores indica que los empleados de una empresa tienen derecho al respecto a su intimidad y a la consideración debida a su dignidad en el desarrollo de la relación laboral.
Por todo esto, el empresario está obligado a comunicar previamente a sus trabajadores el establecimiento del sistema de seguimiento por GPS y señalar el fin de por qué lo implementa. Su actividad sería del todo punto ilícita si desarrolla su labor más allá del horario laboral del trabajador, ya que se trataría de una intromisión injustificada en su intimidad.
En definitiva, el acceso a los datos de geolocalización se considera un tratamiento de carácter personal que necesita cumplir con la normativa de Protección de Datos. Un dato geolocalizado es todo aquel tratado en una red de comunicaciones electrónicas que indique la posición geográfica del equipo del terminal de un usuario, en este caso el trabajador.
El empresario que use un sistema de seguimiento por GPS no lo podrá usar fuera de los horarios de trabajo y para su implementación deberá informar previamente a los empleados.
- GPS
- TomTom
- seguimiento gps